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Declaración de la Renta, ¿individual o conjunta?

Normalmente, la Declaración de la Renta se realiza de manera individual, pero también se puede hacer de forma conjunta incluyendo en ella a todas las personas que integran la unidad familiar. El hacerlo de una forma u otra es voluntario, pero si lo vemos desde el punto de vista económico, las ventajas de hacerlo de manera individual, la mayoría de veces, son de más peso.

Aún así, hay algunos casos que sí conviene hacer la Declaración de manera conjunta. En este artículo te vamos a hablar de cada caso y de qué forma te conviene hacer tu Declaración de la Renta.

Cuándo presentar la Declaración de la Renta conjunta

Para empezar, si quieres hacer la Declaración de la Renta conjunta, todos los miembros de la unidad familiar deben ser contribuyentes del IRPF. Si esta condición se cumple, a continuación, hay que entender qué es la unidad familiar.

 

Unidad familiar de matrimonio

Se entiende por unidad familiar de matrimonio la que está integrada por los cónyuges, no separados legalmente, los hijos menores y los hijos mayores de edad que estén incapacitados judicialmente.

 

Separación legal, sin vínculo matrimonial y parejas de hecho

Cuando hay una separación legal o no hay matrimonio, la unidad familiar es la formada por el padre o la madre y los hijos que convivan con uno de ellos. Además, deben reunir los requisitos que hemos nombrado anteriormente para que puedan tributar como unidad familiar en la Declaración de la Renta.

Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares, por lo que, si el padre ha presentado su Declaración de la Renta incluyendo a sus hijos, la madre no podrá hacerlo. También hay que tener en cuenta, que la situación familiar se entenderá la que fue hasta el 31 de diciembre del año impositivo. Esto quiere decir, que, si uno de los hijos cumplió 18 años durante el año, ya no formará parte de esa unidad familiar.

Por lo que no se entiende por unidad familiar a efectos tributarios las parejas de hecho o sin vinculación matrimonial.

La Declaración de la Renta conjunta vincula a todos los miembros de la unidad familiar, por lo que, si uno de ellos realiza la declaración individual, todos deberán hacerlo de la misma forma.

 

¿Qué opción escoger para tributar?

Es importante tener claro qué manera de tributar vamos a elegir, ya que, una vez tributado de una forma, ya no es posible cambiarla salvo que presentemos una segunda declaración en plazo voluntario antes del fin del ejercicio.

En la mayoría de ocasiones, cuando los dos cónyuges trabajan, lo más beneficioso es hacer la declaración de la renta de manera individual, porque el IRPF establece el tipo de gravamen por tramos de ganancias.

Si los ingresos son inferiores al mínimo personal, es muy probable que la mejor opción sea la Declaración de la Renta conjunta. Al hacer la declaración de manera individual cada uno deduce esa cantidad por su cuenta.

Cuando se da el caso de que solo uno de los cónyuges es el que trabaja, y las rentas percibidas fueran exclusivamente rentas del trabajo, es mejor presentar la Declaración de la Renta conjunta. De esta manera nos beneficiamos del mínimo personal y sumaríamos la bonificación por unidad familiar y las deducciones en el caso de que hubiese hijos.

 

Conclusiones de la Declaración de la Renta

La Declaración de la Renta individual o conjunta debe ser analizada en cada uno de los casos para poder optar al mayor beneficio posible. En la mayoría de ocasiones, tributar de manera individual si los dos cónyuges trabajan, es la mejor opción. Si uno de los cónyuges no trabaja, la mejor opción será la de la tributación conjunta.

 

¿Tienes dudas todavía de cuál sería la mejor opción para ti?

¡Contacta con nosotros! Estaremos encantados de ayudarte con tu Declaración de la Renta.